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La Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) tiene por objetivo apoyar el desarrollo sostenible y contribuir a lograr una mejora significativa y cuantificable del medio ambiente europeo facilitando información actualizada, específica, pertinente y fidedigna a los responsables de la política medioambiental y a los ciudadanos en general.
La AEMA recoge y difunde datos e informaciones por medio de la Red Europea de Información y Observación (Eionet). Eionet es una red de colaboración entre la AEMA y sus 32 países miembros, que vincula los Centros de Control Nacionales (CCN) de los países de la UE y colaboradores, los Centros Temáticos Nacionales (CTN), los Centros Nacional de Referencia (CNR), con los expertos de la Comisión.
La labor de la AEMA incluye la recogida y el análisis de datos sobre el medio ambiente comunes de los Servicios de la Comisión Europea, los países miembros del EEE, las organizaciones, convenios y acuerdos internacionales, prestando además asesoramiento sobre las políticas y poniendo esta información a disposición de un amplio público.
La AEMA organiza esta convocatoria (EEA/SC/2008/001-014) para designar a nueve miembros del Comité Científico con conocimientos especializados en los ámbitos que se describen en la convocatoria.
El Comité Científico (CC) asiste al Consejo de Administración de la AEMA y a su Director Ejecutivo en la presentación de recomendaciones y dictámenes científicos y la emisión de informes profesionales sobre cualquier materia incluida entre los ámbitos de trabajo cubiertos por la AEMA.
El Comité Científico de la AEMA fue creado en virtud del artículo 10 del Reglamento del Consejo (CE) nº 1210/90 por el que se crea la Agencia Europea de Medio Ambiente y la Red Europea de Información y de Observación sobre el Medio Ambiente (Eionet). Las principales tareas del CC consisten en la formulación de dictámenes sobre los programas de trabajo anual y plurianual de la Agencia, sobre la contratación de personal científico y sobre cualquier asunto relacionado con las actividades de la AEMA.
A continuación se detallan los ámbitos importantes que cubrirá el Comité Científico de la AEMA:
El Comité Científico de la AEMA se compone de científicos independientes de los 32 países miembros de la AEMA, que cubren todos los ámbitos del medio ambiente incluidos en el marco de actividades de la Agencia. Los miembros del CC se contratan por medio de un procedimiento público de selección.
El Presidente y los dos Vicepresidentes del Comité científico se seleccionan de entre sus miembros.
El número de los miembros del Comité Científico no será superior a 20 expertos.
Se desea que los expertos del Comité tengan un conocimiento profundo de uno o más ámbitos en materia de medio ambiente además de su ámbito de especialización primario, cubriendo con ello colectivamente la gama de disciplinas más amplia posible.
Los miembros del Comité Científico deberán asistir a sus reuniones de forma regular, al menos tres veces al año. Normalmente, las reuniones del Comité Científico se celebrarán en la sede de la AEMA en Copenhague.
Los miembros del Comité Científico no serán remunerados pero tendrán derecho a una indemnización por cada día completo de reunión. Asimismo, los miembros recibirán dietas de viaje y manutención acordes con la política de reembolso de los gastos de viaje y alojamiento de la Agencia.
El Presidente y los ponentes tendrán derecho a una asignación para sufragar los gastos ocasionados por la coordinación de los proyectos de dictamen.
Los candidatos deberán estar en posesión de:
§ una titulación universitaria en un ámbito científico pertinente, preferentemente de postgrado,
§ al menos 10 años de experiencia profesional en el nivel al que da acceso la cualificación,
§ ser nacional de uno de los países miembros del EEE (los Estados miembros de la Unión Europea más Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Turquía).
Las manifestaciones de interés que reúnan las condiciones exigidas serán sometidas a una evaluación comparativa sobre la base de los siguientes criterios:
§ experiencia en la realización de evaluaciones científicas y/o la elaboración de dictámenes científicos en los ámbitos de competencia y conocimientos exigidos,
§ experiencia en la revisión colegiada de trabajos y publicaciones científicos, preferentemente en los ámbitos de interés de la AEMA,
§ capacidad de analizar información y expedientes complejos y elaborar proyectos de dictámenes e informes científicos,
§ capacidad de seguir procesos de garantía de la calidad,
§ una probada excelencia científica en el ámbito o ámbitos propios del solicitante,
§ experiencia profesional en un entorno multidisciplinar, preferentemente en un contexto internacional,
§ un buen conocimiento del idioma inglés constituirá una ventaja, puesto que se trata del idioma de trabajo del Comité. Dada la intención de la Agencia de hacer el mejor uso posible de los modernos medios electrónicos de intercambio de documentos y de comunicación, se valorarán los conocimientos de estas técnicas.
El Director Ejecutivo podrá convocar la reunión de un equipo para evaluar la experiencia profesional de los candidatos.
Se nombrará a los expertos que mejor cumplan los criterios antes expuestos para un mandato de cuatro años, que podrá renovarse por un máximo de cuatro años más.
Los expertos que reúnan los requisitos de selección pero no sean seleccionados figurarán en una lista de reserva. Dicha lista podrá utilizarse para actividades similares, tendrá una validez de dos años, p. ej. hasta el 31 de diciembre de 2010 (validez prorrogable).
Los expertos seleccionados serán designados con carácter personal y deberán firmar una declaración de compromiso, así como una declaración anual de intereses que puedan considerarse perjudiciales para su independencia.
La AEMA garantiza la igualdad de oportunidades y se compromete a evitar toda forma de discriminación en sus procedimientos de selección.
Los candidatos interesados deberán presentar su manifestación de interés cumplimentando el formulario de solicitud en línea y el modelo de CV que encontrarán en cada uno de los enlaces que se indican a continuación.
En el CV deberán figurar una relación de las publicaciones científicas del solicitante, preferentemente en inglés, y otras experiencias profesionales.
Los candidatos indicarán, además de su ámbito de especialización primario, los ámbitos de especialización secundarios y terciarios que podrían tenerse en cuenta para garantizar un mejor apoyo en cuestiones transversales y ámbitos temáticos de la labor de la AEMA.
El reglamento interno del Comité Científico de la AEMA también está disponible en la siguiente dirección:
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/sc-rules-procedure.pdf
(documento en inglés)
Al presentar su solicitud mediante el formulario en línea, tenga en cuenta lo siguiente:
1. No olvide prestar atención a los husos horarios cuando envíe su solicitud.
2. Una vez enviada la solicitud, recibirá una confirmación automática.
3. Es responsabilidad suya guardar el mensaje de confirmación como prueba del envío de su solicitud.
4. En caso de no recibir dicho mensaje, envíe de nuevo su solicitud.
La AEMA anima a presentar manifestaciones de interés utilizando el formulario de solicitud en línea.
También se aceptarán las manifestaciones de interés enviadas por correo, siempre que los candidatos indiquen claramente en el sobre el ámbito de especialización para el que desean ser considerados.
Los formularios de solicitud en línea (inglés) y los modelos de CV (inglés) para los diferentes ámbitos están disponibles en las siguientes direcciones:
Área 1. Procesos atmosféricos, contaminación atmosférica, mitigación del cambio climático y estrategias de adaptación
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area1
Área 2. Biodiversidad
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area2
Área 3. Actividad empresarial y consideración del medio ambiente con espíritu empresarial
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area3
Área 4. Economía ecológica
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area4
Área 5. Energía (incluyendo mitigación y estrategias de adaptación)
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area5
Área 6. Historia medioambiental
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area6
Área 7. Derecho europeo e internacional del medio ambiente
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area7
Área 8. Agua dulce (incluyendo agua subterránea)
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area8
Área 9. Evaluación e indicadores ambientales integrados
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area9
Área 10. Ordenación territorial y gestión de recursos naturales
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area10
Área 11. Agricultura
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area11
Área 12. Ecosistemas terrestres, incluidos suelos, bosques y praderas
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area12
Área 13. Tecnologías modernas (incluidos nanotecnología, OGM, etc.)
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area13
Área 14. Transportes y medio ambiente
http://www.eea.europa.eu/organisation/scientific-committee/calls/area14
Las solicitudes enviadas por correo deberán dirigirse a la siguiente dirección:
Personnel management group
Scientific Committee Call 2008 – area (indique el área correspondiente de las 14 citadas)
European Environment Agency
Kongens Nytorv 6
1050 Copenhague K
Dinamarca
Se ruega a los candidatos que envíen todas sus preguntas sobre la presente convocatoria a la siguiente dirección de correo electrónico: sc.call08-questions@eea.europa.eu
En el marco del proceso de selección, los documentos justificativos podrán solicitarse con posterioridad.
Todas las manifestaciones de interés se considerarán confidenciales.
La AEMA no devolverá las manifestaciones de interés a los candidatos. La información personal que la AEMA solicita a los candidatos se tratará con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n° 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos. El objetivo del tratamiento de los datos personales que envíen los candidatos es la gestión de las manifestaciones de interés con vistas a una posible preselección, selección y nombramiento de miembros del Comité Científico de la AEMA.
Las manifestaciones de interés deberán enviarse mediante el formulario de solicitud en línea específico (12.00 Hora centroeuropea) o por correo (dando fe el matasellos de correos) a la dirección arriba indicada hasta el 30 de junio de 2008 a más tardar.
For references, please go to https://www.eea.europa.eu/es/about-us/who/governance/scientific-committee/calls/convocatoria-de-manifestaciones-de-interes-de-2008-para-expertos-que-seran-designados-miembros-del-comite-cientifico-de-la-agencia-europea-de-medio-ambiente-aema or scan the QR code.
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