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La UE-15, camino de cumplir su objetivo de Kyoto, pese a resultados dispares a nivel nacional

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Press Release Publicado 15/10/2008 Última modificación 03/06/2016
La UE-15 puede cumplir su objetivo colectivo de recortar las emisiones de gases de efecto invernadero en un 8 % durante el período 2008-2012. Parte de esta disminución vendría de proyectos de reducción de emisiones que los Estados miembros financiarán en otros países, según un nuevo informe elaborado por la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA).

En materia de emisiones, la UE-15 sigue mostrando resultados dispares a nivel nacional. Varios Estados miembros siguen aún lejos de sus objetivos de Kyoto. No obstante, teniendo en cuenta los resultados de otros Estados miembros, que se auguran más que satisfactorios, la UE-15 en conjunto debería cumplir su compromiso de Kyoto.

Profesora Jacqueline McGlade, directora ejecutiva de la Agencia Europea de Medio Ambiente

El informe, "Tendencias y proyecciones de las emisiones de gases de efecto invernadero en Europa 2008", analiza la evolución de las emisiones durante el período 1990–2006, a la vez que examina las proyecciones de emisiones futuras durante el período de compromiso del Protocolo de Kyoto (2008‑2012).

En general, las proyecciones de los Estados miembros durante el período de Kyoto indican que la UE-15 podría recortar las emisiones en más de un 11 % en comparación con el año de referencia. Esta reducción se puede conseguir mediante una combinación de políticas y medidas nacionales (en vigor o previstas), capturas de carbono en sumideros y créditos para la reducción de las emisiones fuera de la UE.

La profesora Jacqueline McGlade, directora ejecutiva de la Agencia Europea de Medio Ambiente, afirma: "En materia de emisiones, la UE-15 sigue mostrando resultados dispares a nivel nacional. Varios Estados miembros siguen aún lejos de sus objetivos de Kyoto. No obstante, teniendo en cuenta los resultados de otros Estados miembros, que se auguran más que satisfactorios, la UE-15 en conjunto debería cumplir su compromiso de Kyoto". Y añade: "Además, los resultados serían aún mejores si las proyecciones de algunos estados miembros tuvieran plenamente en cuenta las restricciones impuestas a sus industrias incluidas en el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión".

El informe contiene asimismo una estimación de las emisiones en Europa a largo plazo. Se prevé que las emisiones en la UE-27 continúen disminuyendo hasta 2020. Aun así, el objetivo de reducción del 20 % con respecto a 1990 acordado por los dirigentes europeos en 2007 seguirá siendo inalcanzable de no aplicarse medidas adicionales, como las contempladas en el paquete de medidas comunitarias en el ámbito de la energía y el cambio climático propuesto por la Comisión Europea en enero de 2008.

Los datos revelan que los 15 Estados miembros que comparten un objetivo común conforme al Protocolo de Kyoto (UE-15) lograron una reducción del 2,7 % en las emisiones de sus gases de efecto invernadero entre el año de referencia y 2006. Las políticas y las medidas aplicadas a día de hoy no bastarán para que la UE-15 cumpla su objetivo de Kyoto, puesto que entre 2006 y 2010 se prevé que únicamente disminuyan las emisiones en un 3,6 % en relación con el año de referencia. Si las medidas adicionales previstas por los 10 Estados miembros se aplicaran íntegramente y a tiempo, podría obtenerse una reducción adicional del 3,3 %. El efecto total del régimen comunitario de comercio de derechos de emisión no se refleja en las proyecciones de todos los Estados miembros.

La mayoría de los Estados miembros de la UE-15 tienen intención de recurrir a la captura de carbono —como la plantación de bosques que absorben CO2— para cumplir el objetivo de Kyoto. La cantidad total de dióxido de carbono que podría eliminarse anualmente entre 2008 y 2012 es relativamente escasa (el 1,4 % respecto a 1990), aunque ligeramente superior a las proyecciones efectuadas en 2007.

Diez Estados miembros de la UE-15 tienen previsto emplear los mecanismos de Kyoto (véanse, más adelante, las notas a la redacción) para alcanzar sus objetivos. Se espera que esto permita reducir las emisiones un 3,0 % adicional.

El informe de la AEMA destaca el caso de aquellos países que han prometido ‘reducciones significativas de las emisiones en un marco temporal limitado (2006-2010) a partir de políticas y medidas que todavía no se han llevado a la práctica’. Además, los países que proyectan reducciones considerables a partir de 2006 para cumplir su objetivo en 2010 tendrán que perseverar en su esfuerzo y reducir aún más las emisiones hasta 2012. Es posible que algunos Estados miembros tengan que hacer un mayor uso de los mecanismos de Kyoto de lo que tenían previsto en un principio.

El objetivo común de Kyoto de reducción del 8 % de las emisiones en la UE-15 se corresponde con objetivos diferenciados para cada Estado miembro. En 2006, cuatro de dichos Estados miembros (Francia, Grecia, Reino Unido y Suecia) habían alcanzado ya un nivel inferior a su objetivo de Kyoto. Otros ocho (Alemania, Austria, Bélgica, Finlandia, Irlanda, Luxemburgo, Países Bajos y Portugal) prevén cumplir sus objetivos. Las proyecciones de los tres países restantes (Dinamarca, España e Italia) indican que no cumplirán sus objetivos en materia de emisiones. Con todo, el informe señala que las diferencias entre objetivos y proyecciones son mucho menores ahora que las proyecciones efectuadas en 2007.

Diez de los 12 Estados miembros que ingresaron en la UE en 2004 y 2007 tienen objetivos de reducción individuales de entre el 6 % y el 8 %. Sólo Chipre y Malta no tienen objetivo. En la UE-12, los Estados miembros estiman que cumplirán sus objetivos de Kyoto a pesar de preverse un aumento de las emisiones entre 2006 y 2010. Eslovenia es el único de estos países que hará uso de los mecanismos de Kyoto para cumplir su objetivo.

El resumen del informe y las fichas por país se encuentran ya disponibles en Internet. El informe completo será publicado en noviembre.


 Executive summary cover Screenshot EU-27 GHG profile

Resumen de la evolución en los Estados miembros de la UE y en otros países miembros de la AEMA

Proyecciones nacionales para 2010(1)

Medidas previstas para 2010

Estados miembros de la UE-15

Estados miembros de la UE-12

Otros países miembros de la AEMA

Países que cumplen su objetivo de Kyoto o de reparto de la carga

Políticas y medidas nacionales en vigor

Alemania(2)

Grecia(2)

Suecia(2)

Reino Unido(2)

Bulgaria

República Checa(2)

Estonia

Hungría

Letonia

Lituania

Polonia(2)

Rumanía

Eslovaquia

Islandia

 Políticas y medidas nacionales en vigor y previstas

Francia(2)

 

 Croacia(2) (3)

 

Políticas y medidas nacionales

Utilización de los mecanismos de Kyoto

Austria(2)

Bélgica

Finlandia(2)

Irlanda(2)

Luxemburgo

Países Bajos(2)

Portugal(2)

Eslovenia(2)

Liechtenstein

Noruega

Países que no cumplen su objetivo de Kyoto o de reparto de la carga

Políticas y medidas nacionales

Utilización de los mecanismos de Kyoto

Dinamarca(2)

Italia(2)

España(2)

 

Suiza

Países sin objetivo de Kyoto

 

 

Chipre

Malta

Turquía

 

Nota:     

(1) En este informe se tienen en cuenta las proyecciones nacionales comunicadas antes del 1 de junio de 2008.
(2) Eliminación neta proyectada de las actividades de captura de carbono (cambio de uso del suelo y silvicultura).
(3) Croacia no es un país miembro de la AEMA aunque sí es un país candidato a la adhesión a la Unión Europea. El informe también analiza la evolución de las emisiones de gases de efecto invernadero en este país.

Notas al redactor

  1. Objetivos de Kyoto de la UE: La UE-15 tiene fijado un objetivo de Kyoto consistente en la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero en un 8 % respecto al año de referencia (véase más abajo) antes de 2012. Dentro de este objetivo general, a cada Estado miembro se le asignan objetivos diferentes: algunos deben disminuir las emisiones, mientras que a otros se les permite un incremento limitado. Los nuevos Estados miembros tienen objetivos específicos, excepto Chipre y Malta, que no tienen ninguno. Los distintos países pueden cumplir su objetivo por diversos medios.
  2. Emisiones del año de referencia: De acuerdo con el Protocolo de Kyoto, el punto de partida para el seguimiento de la evolución de las emisiones nacionales de la UE-15 y de los Estados miembros con objetivo de Kyoto es el nivel de emisiones de gases de efecto invernadero en el «año de referencia». La UE-27 no tiene fijado ningún objetivo de Kyoto y, por tanto, no le es aplicable ningún «año de referencia». Es importante aclarar que el año de referencia no es un «año» per se, sino el nivel de emisiones a partir del cual se contabilizan la evolución de las emisiones de cara al cumplimiento de los objetivos de Kyoto. En el caso del dióxido de carbono, el metano y el óxido nitroso, para los Estados miembros de la UE-15 se utiliza como «año de referencia» 1990. En cambio, para los gases fluorados, los Estados miembros de la UE‑15 pueden optar por utilizar los niveles de emisión de 1995. Doce de los 15 Estados miembros así lo han hecho. En la práctica, las emisiones de 1995 pueden considerarse cercanas a las de 1990.
  3. Régimen del comercio de derechos de emisión de la UE: Dentro de la política sobre cambio climático de la Unión Europea, el régimen de comercio de derechos de emisión es la herramienta destinada a ayudar a las industrias a reducir sus emisiones de CO2 de forma efectiva en términos de costes. Se basa en el establecimiento de un límite máximo de emisiones para las grandes fuentes de emisión de CO2. En la UE-15, se calcula que este régimen recortará las emisiones en un 3,4 % en relación con el año de referencia.
  4. Políticas y medidas nacionales: Las políticas y medidas nacionales operan dentro de las fronteras nacionales de cada país. Abarcan la promoción de la electricidad procedente de energías renovables, las mejoras de la eficiencia energética, la promoción del uso de biocarburantes en el transporte, la reducción de las emisiones de dióxido de carbono de los automóviles, la recuperación de los gases procedentes de vertederos y la reducción de los gases fluorados.
  5. Mecanismos de Kyoto: El Protocolo de Kyoto contempla mecanismos basados en el mercado que permiten a los países industrializados cumplir sus objetivos beneficiándose de la reducción de las emisiones en otros países. De conformidad con estos mecanismos, los Estados miembros pueden comerciar entre ellos con derechos de emisión o adquirir créditos de los proyectos de reducción de emisiones que financien en el extranjero. Contribuyen, además, a la transferencia de tecnologías de baja emisión de carbono a otros países y a la promoción del desarrollo sostenible. Las emisiones de gases de efecto invernadero constituyen un problema mundial y las reducciones pueden obtenerse allá donde menores sean los costes, al menos en la fase inicial de la lucha contra el cambio climático. Para 2010, la utilización prevista de los mecanismos de Kyoto por parte de diez Estados miembros de la UE-15 reducirá las emisiones en un 3,0 % en relación con el año de referencia. Esos países son Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos y Portugal. Si desea más información sobre los mecanismos de Kyoto, visite la página web de la CMNUCC (UNFCCC).

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